El régimen de visitas y convivencias es un derecho para los menores y progenitor que no tenga la Guarda y Custodia. Este régimen es resultado del convenio de los progenitores del menor ante la autoridad judicial, en el se establecerán los días y horario en que el padre o madre que no tenga la guarda y custodia de los menores de edad puede convivir con ellos.
El régimen de visitas puede ser solicitado por el padre o madre que no tenga la guarda y custodia del menor a fin de que pueda convivir y satisfacer las necesidades de sus hijos y/o hijas, dando continuidad a sus relaciones familiares y a fortalecer su vínculo afectivo, respetando así el derecho de niños, niñas y adolescentes a vivir en Familia, siempre y cuando no afecte el desarrollo integral de las personas menores de edad.
En atención al interés superior del menor, el régimen de visitas y convivencias es un derecho del hijo y el Padre que no tenga la Guarda y Custodia. Este régimen es resultado del convenio de los progenitores del menor ante la autoridad judicial, en él se establecerán los días y horarios en que el padre o madre que no tenga la guarda y custodia de los menores de edad puede convivir con ellos, pudiendo ser fines de semana y días festivos alternos.
¿Visitas y convivencias supervisadas?
Cuando existe violencia o temor por la seguridad de los menores, se puede establecer la convivencia entre un padre o madre, familiares ascendentes y colaterales hasta el cuarto grado y los menores de edad ante la presencia de una tercera persona ajena al conflicto familiar, este régimen puede ser ejercido dentro del Centro de Convivencia Familiar que es supervisada por el Tribunal Superior de Justicia.
Qué servicios ofrecemos en “LEXON ABOGADOS”
En Lexon Abogados le ayudamos a obtener legalmente el régimen de visitas y convivencia con sus menores hijos.
Requisitos
Al contratarnos para promover juicio de Régimen de Visitas y convivencias, incluimos los siguientes servicios:
Ventajas de contratar nuestros servicios:
DURACIÓN
El proceso de la obtención legal de visitas y convivencias por uno de los padres tiene una duración de entre 6 y 9 meses, dependiendo de la carga de trabajo de los tribunales.
Asesoría personalizada a través de WhatsApp, teléfono y correo electrónico. De lunes a sábado de 9:00 a.m. a 19:00 horas, de lunes a sábado.