Juicio de Arrendamiento y Lanzamiento de Inquilinos


El juicio de controversia de arrendamiento de inmuebles, es un juicio especial que busca resolver los conflictos referentes a los inmuebles ya sea que estos hayan sido puesto en renta para uso habitacional o comercial. De acuerdo a lo que marca la Ley, se demanda anta la autoridad judicial a través de los juzgados civiles del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México o Estado de México.


¿Qué debo hacer si mi inquilino no se quiere salir de la casa que le arrendé?


Lo primero que se debe hacer es notificar al inquilino mediante un escrito las causas por las cuales se le pide salga del inmueble arrendado, en dicho aviso se debe hacer referencia a las cláusulas pactadas en el contrato de arrendamiento que facultan al arrendadorpedir a su arrendatario desocupe el

inmueble, indicando la fecha en la cual este debe desocupar el lugar. En caso de que el arrendatario no quiera salirse del inmueble, el arrendador puede promover un juicio de desalojo. Al promover el juicio de desalojo, el juez ordenará el lanzamiento judicial, donde condenará al arrendatario que entregue la posesión del bien inmueble a su propietario.


¿Qué requisitos debe tener el contrato de arrendamiento?


El contrato de arrendamiento debe contener los siguientes requisitos:

  1. Los datos generales del arrendador y arrendatario.
  2. Ubicación del inmueble a arrendar.
  3. Descripción del inmueble objeto del contrato, así como el detalle de las instalaciones y las condiciones en las que se encuentra.
  4. La contraprestación que deberá pagar el arrendatario de forma mensual, el medio de pago, es decir, si esta será mediante cheque, efectivo o mediante transferencia electrónica de fondos. La entrega de factura por la contraprestación pagada. El monto de la garantía, si corresponde a uno o dos meses de renta.
  5. El uso que se le dará al inmueble arrendado y las condiciones sobre pago de servicios.
  6. La vigencia que tendrá el contrato y en su caso la aceptación de prórrogas.
  7. Establecer las obligaciones de las partes adicionalmente a las establecidas en la Ley, plazos de pago de renta, prohibiciones de no introducir materiales peligrosos, mascotas, etc.
  8. La firma del contrato deberá hacerse por duplicado y ante la presencia de dos testigos.

¿Puedo sacar por la fuerza a mi inquilino?

No, el arrendador no puede emplear la fuerza para sacar de su propiedad al arrendatario. Es recomendable que trate de conciliar con su arrendatario, para que este desocupe el inmueble, no obstante, si el arrendatario se niega a desocupar el inmueble y rehúsa a pagar las rentas correspondientes, el arrendador cuenta con recursos legales para poder llevar a cabo el desalojo del arrendatario.


¿Qué efectos tiene la falta de un contrato formal de arrendamiento?
En todo momento se recomienda que exista un contrato formal y por escrito cuando se arrienda un inmueble, en caso de que este no exista no implica su inexistencia, la parte que desee hacerlo cumplir o rescindirlo podrá demandar a su contraparte el otorgamiento de este.


¿Qué es el desalojo?

Es el medio legal con el que cuenta el arrendador para recuperar el uso y goce del inmueble que se encuentra ocupado por la persona con quien celebro un contrato de arrendamiento y que, al concluirse este contrato, el arrendatario conserva en su posesión de forma ilegal, ocasionando daños y perjuicios al legítimo propietario.


¿Cuánto puede durar un juicio de desalojo?

Para desalojar a una persona de un inmueble de forma judicial, el propietario (arrendador) deberá interponer un juicio de controversia de arrendamiento inmobiliario, que de acuerdo al Estado de la República mexicana puede variar y en entre ocho y 16 meses. Este tiempo depende mucho de la carga administrativa de trabajo de los juzgados en la Ciudad de México o Estado de México.


Qué servicios ofrecemos en LEXON

En Lexon Abogados le ayudamos a obtener demandar la desocupación del inmueble arrendado y ocupado por el arrendatario.


Requisitos

  • Contrato de arrendamiento original.
  • Copia de credencial de elector del promovente.
  • Comprobante de domicilio del promovente.
  • Credencial para votar de 2 testigos (copias).

Al contratarnos para promover juicio de controversia de arrendamiento, incluimos los siguientes servicios:

  1. Escrito inicial de demanda promoviendo el desalojo por el inquilino.
  2. Asesoría personalizada durante todo el proceso.
  3. Envío de alertas por autos emitidos por la autoridad Judicial.
  4. Representación legal en audiencias.
  5. Una copia de su sentencia.

Ventajas de contratar nuestros servicios:

  1. Somos un despacho con amplia experiencia en controversias de arrendamiento.
  2. Nuestros abogados cuentan con cédula profesional.
  3. Nuestro servicio es confiable, confidencial y seguro.

DURACIÓN

El proceso del desalojo del arrendatario no deseado tiene una duración de entre 8 y 16 meses, dependiendo de la carga de trabajo de los tribunales.


Asesoría personalizada a través de WhatsApp, teléfono y correo electrónico. De lunes a sábado de 9:00 a.m. a 19:00 horas, de lunes a sábado.