Redacción y Revisión de Contratos.


Un contrato se define como un acuerdo de voluntades entre dos personas físicas o morales, donde se producen o transfieren obligaciones y derechos. Existen diversos contratos, entre los más comunes, están los de compraventa, Arrendamiento, Mutuo, los cuales están regulados por los Códigos Civiles de cada entidad y el Código Civil Federal, además de los mencionados también existen contratos en materia mercantil, regulados por el Código de Comercio.





¿Cuándo debo celebrar un contrato?



La redacción de un contrato es de suma importancia, pueden celebrarse contratos cuando se presta un servicio, se da en arrendamiento un inmueble, se contrae un préstamo, muchas más transacciones existan, estos pueden celebrarse de forma oral, escrita o ratificados ante notario público, el requisito es que este sea de forma licita. Recomendamos que todo contrato sea celebrado con las formalidades que establece la normatividad vigente y de ser posible ratificado ante notario público.


¿Puedo modificar un contrato?

Si, se puede modificar el contrato, esto puede hacerse de acuerdo a la conveniencia de las partes. A Esta modificación se le llama Convenio, mediante este instrumento jurídico las partes pueden crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones. La redacción, revisión y modificación de los contratos se recomienda sea realizada por abogados profesionales


¿Cómo termino un contrato? Cualquiera de las partes puede dar por rescindido el contrato antes de que termine su vigencia, para ello se tiene que verificar en las clausulas las condiciones que se pactaron a la firma del contrato, para saber a qué se está obligado a pagar, entregar o dar por terminado.


¿Me pueden obligar a cumplir un contrato?
Si, puede demandar vía judicial el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el contrato que se firmó. La Corte suprema de justicia tiene dicho lo siguiente: “Ante la mora, el acreedor puede acudir al juez para pedirle que lo ejecute y obligue a cumplir con lo pactado, siempre que el correspondiente contrato preste mérito ejecutivo.”


¿Qué servicios ofrecemos en LEXON?

En “Lexon Abogados” le asesoramos sobre las condiciones para la celebración de contratos y el juicio sobre el cumplimiento forzoso de un contrato.


Requisitos para juicio de cumplimiento forzoso de contrato:

  1. Contrato celebrado en original.
  2. Copia de credencial de elector del promovente.
  3. Comprobante de domicilio del promovente.
  4. Credencial para votar de 2 testigos (copias).

Elaboración de un contrato:

  1. Copia INE de las partes de ambos lados.
  2. Copia de Poder notarial que faculta a las partes para la celebración de contrato.
  3. En su caso copia de escrituras del inmueble.

Al contratarnos para promover juicio de cumplimiento forzoso de contrato, incluimos los siguientes servicios:

  1. Escrito inicial de demanda solicitando al juez el cumplimiento forzoso del contrato.
  2. Asesoría personalizada durante todo el proceso.
  3. Envío de alertas por autos emitidos por la autoridad Judicial.
  4. Representación legal en audiencias.
  5. Convenio regulando las condiciones para para el cumplimiento forzoso del contrato o termino del mismo.
  6. Una copia de su sentencia.

Ventajas de contratar nuestros servicios:

  1. Somos un despacho con amplia experiencia en Contratos de arrendamiento, compraventa, donación, etc.
  2. Nuestros abogados cuentan con cédula profesional.
  3. Nuestro servicio es confiable, confidencial y seguro.

DURACIÓN

El proceso de la obtención de la sentencia por incumplimiento de un contrato tiene una duración de entre 6 y 9 meses, dependiendo de la carga de trabajo de los Tribunales. La elaboración de un contrato de acuerdo a las condiciones que solicite será de 1 a 3 días.


Asesoría personalizada a través de WhatsApp, teléfono y correo electrónico. De lunes a sábado de 9:00 a.m. a 19:00 horas, de lunes a sábado.